El que no haya visto hacer una trampa a un coche de policía que tire la primera piedra. No me refiero cuando se nota que van pitando a algún sitio con urgencia (que aun así deberían seguir unas normas que ahora comento), sino cuando van tranquilamente de patrulla y realizan las trampas que muchos quisieramos.
Muchos pensamos que como son la policía pueden hacerlo pero no es así. El código de circulación y su código interno lo dejan bien claro. Estuve hablando con un ex-policía y me comentó bastante cosas interesantes.
Un coche de policía, por más que tenga las pegatinas de que es de policía, unas lucecitas monísimas y unos polis dentro con cara de matones, no puede saltarse semáforos, ni en general las normas de tráfico si no tiene las luces superiores encendidas. Es decir, si va con las señales luminosas azules giratorias que tienen encima del vehículo, se han de comportar como cualquier otro coche normal y corriente, ajustándose a las mismas normas que todos debemos aceptar y por la que somos multados cuando no lo hacemos.
¿Entonces podríamos denunciar a un coche de policía que se salta un semáforo sin las luces? Si, por supuesto. Ojalá todos lleváramos más accesible el video del móvil para grabar estos hechos y dejarlo constatado con una prueba gráfica pues además de que no conozco a nadie que se haya embarcado en tal empresa, creo que la palabra de "dos polis" podrían más que la de un simple ciudadano.
Otro hecho importante que la gente desconoce es el uso obligatorio de la gorra como parte del uniforme de servicio de la policía. Si algún día te para la policía a ponerte una multa y no llevan la gorra, una vez hayan terminado ellos con su trabajo, puedes calmada y educadamente decirle que vas a denunciarle tu a él por no llevar la gorra, y os aseguro (tal y como me comentó un ex-policía) que a esa persona se le expedienta como una falta en su servicio, pues en el uniforme de policía la gorra es obligatoria aunque haga 50 grados a la sombra.
Dejando un poco el caso de la gorra, y volviendo a las normas básicas de tráfico, el ser policía no exime de las responsabilidades generales de conducción si no se tiene la señalización adecuada para ello. Comentar que la sirena ha de ser usada sólo en casos en los que haga falta avisar al resto del tráfico de la presencia policial y de su paso de urgencia por el tráfico, pues como sabréis, el uso de sirenas está estrictamente prohibido dentro de poblaciones.
[tags]policia, luces, sirena, obligaciones, tráfico, normas[/tags]
Más de uno he visto yo hacer todo tipo de “pirulas” con los coches patrulla, pero ¿quién se atreve a denunciarlos?
28 de febrero de 2008Pero y si la gorra esta colgando del pantalon?
28 de febrero de 2008Yo por eso, cuando van sin luces los sigo a “su ritmo”. ¿Que van a 70? Pues a 70…
28 de febrero de 2008Aquí expongo algunas pruebas graficas del asunto, y casi a diario podria exponer mas por que vivo en la calle de los Juzgados de mi pueblo, y los policias no hacen ni caso de sus propias normas:
28 de febrero de 2008http://blog.engeneral.net/2007/03/30/cumpliendo-la-ley/
Como veis, por esas 3 cosas a cualquiera le caerian entre 90 y 200?.
supongo que los “secreta” estan excentos de llevar gorra no?… os imagianis, un secreta vestido de paisano con gorra en la cabeza…XDDD
28 de febrero de 2008Alex C&P “uso obligatorio de la gorra como parte del uniforme de servicio de la policía “…”puedes calmada y educadamente decirle que vas a denunciarle tu a él por no llevar la gorra”
Un simple consejo… ya sabemos que todo el mundo esta obligado a cumplir las normas… pero mejor no tocar las “narices” a un policía por no llevar gorra… mas que nada porque se lo puede tomar muy mal…y el código civil y penal , se lo conocen mejor que tu…y os sorprenderíais la cantidad de infracciones, faltas, o delitos sancionables que se pueden cometer a lo largo del día.
No digo que la ley no exista para los cuerpos de seguridad…pero tampoco es bueno pasarse de estrictos dado que ellos también hacen la vista gorda de lo que hacemos nosotros
Saludos
28 de febrero de 2008Desde luego, no seré yo quien se ponga a denunciar a un pitufo. Siempre que me dejen tranquilo, claro. Además,¿ qué prueba podría aportar yo? ¿Cuáles son las válidas para que una denuncia siga su curso? Desde luego, no creo que valga mi palabra contra la suya.
28 de febrero de 2008En principio, en un posible juicio tu palabra y la suya deberia valer igual, ¿no? incluso las palabras de sus compañeros deberian valer igual que las de tus amigos. Es lo logico.
28 de febrero de 2008Aunque evidentemente, seguramente irias a la comisaria a denunciarlo y algo sacarian para amedrentarte…
carballo, en teoria si, en la practica no, te lo digo por experincia. Los policias si son denunciados, en un juicio se inventan lo que sea…al menos el caso que vivi yo…
28 de febrero de 2008– La gorra, si están bajo techo no tienen que llevarla.
– Si tienen un accidente aunque no sea culpa suya con el coche, les suspenden 15 días de trabajo y sueldo. Si están de prácticas les echan así que no creo que muchos se la jueguen.
– Es una gilipollez denunciarles y menos aun por no llevar la gorra. La ley dice que cuando se contradice tu palabra contra la suya, la suya prevale.
– En todas las profesiones hay gilipollas y gente que se salta las normas, creo que es mucho peor robar ropa currando en el decathlon que no llevar la gorra…
Deben respetar las normas como todos y yo creo que la gran mayoría lo hace. Hay muchos policias nacionales en España para generalizar con este tema.
28 de febrero de 2008No creo que asuntos internos abra una investigación pq alguien denuncie que un coche de policia se ha saltado un semáforo, tanto te molesta?A mi me molesta tanto si es policia como si no.
Hola! estoy de acuerdo con que todas esas cosas se pueden denunciar. Por desgracia, tengo dos colegas policias y 2 guardia civiles (manda huevos… se pasaron al lado oscuro!!!). Y es cierto lo de las luces y lo de la gorra. Pero ahora, si ya se ponen “Tontos” cuando te paran y les pones alguna pega por algo, como para decirles lo de la gorrita!!! a mi me ha tocado pasar la noche en el calabozo por “criticar” a un madero (con todos mis respetos) porque pensaba que su forma de actuar no era la correta. No entrare en detalles porque no quiero expandirme mucho. Resumiendo, es triste, pero yo prefiero estar calladito, porque se que ante ellos, tengo todas las de perder. Es triste pero es asi, y mas en los dias que corren con tanto niñato en el cuerpo.
28 de febrero de 2008Hace un rato he visto hacer una pirula a un coche de la policía nacional. Eso si, con las luces puestas. Se ha saltado el semáforo para girar por la calle por donde yo circulaba (creo que solo podía ir recto por la calle perpendicular a la que yo lo hacía, nada de girar más de 90 º. Eso si primero he pasado yo y luego ha hecho la pirula y cuando estaba a mi altura en el otro carril ha apagado las luces.
28 de febrero de 2008Por cierto que era un coche de los nuevos azules , muy chulos.
Y no solo he visto a los policías nacionales haciendo cosas así, sino a los locales también. Y estos últimos son los que relamente controlan las normas de circulación. Eso sí, todos enchufan las luces antes de hacer algo ilegal, luego las apagan y tan contentos.
Y el aparcar los coches en doble fila delante del bar del almuerzo es lo más normal de mundo.
Hola, solo una aclaracion:
Luces prioritarias y acusticos, ambas homologadas.
Es decir, que para “saltarse” las normas deben ir iluminados y haciendo ruido.
Y SIEMPRE verificando que su “infraccion” no cause perjuicio, se pueden saltar un semaforo pero verificando siempre antes que el resto de usuarios se han percatado de la maniobra.
El uso de acusticos y luminosos permite saltarse las normas pero no da preferencia y el conductor en todo caso es responsable de los posibles daños.
Un saludo.
29 de febrero de 2008No es necesaria la sirena… si no a las 4 de la mañana íbamos a estar todos de fiesta y sin dormir. Lo único obligatorio en las emergencias es la luz ;)
29 de febrero de 2008Lek, Articulo 68.2 del reglamento de circulacion:
3. TITULO II :
DE LA CIRCULACION DE VEHICULOS
C A P I T U L O III
Prioridad de paso
Sección 4ª vehiculos en servicios de urgencia
Articulo 67. Vehículos prioritarios.
· 4. Tendrán prioridad de paso sobre los demás vehículos y otros usuarios de la vía los vehículos de servicios de urgencia, públicos o privados, cuando se hallen en servicio de tal carácter. Podrán circular por encima de los límites de velocidad y estarán exentos de cumplir otras normas o señales en los casos y con las condiciones que se determinan en esta Sección.
· 5. Los conductores de los vehículos destinados a los referidos servicios harán uso ponderado de su régimen especial únicamente cuando circulen en prestación de un servicio urgente y cuidarán de no vulnerar la prioridad de paso en las intersecciones de vías o las señales de los semáforos, sin antes adoptar extremadas precauciones, hasta cerciorarse de que no existe riesgo de atropello a peatones y de que los conductores de otros vehículos han detenido su marcha o se disponen a facilitar la suya.
· 6. La instalación de aparatos emisores de luces y señales acústicas especiales en vehículos prioritarios requerirá autorización de la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en las normas reguladoras de los vehículos.
ARTICULO 68. Facultades de los conductores de los vehículos prioritarios.
· 1. Los conductores de los vehículos prioritarios deberán observar los preceptos del presente Reglamento, si bien, a condición de haberse cerciorado de que no ponen en peligro a ningún usuario de la vía, podrán dejar de cumplir bajo su exclusiva responsabilidad, las normas de los Títulos II, III y IV de este Reglamento, salvo las órdenes y señales de los agentes, que son siempre de obligado cumplimiento. Los conductores de dichos vehículos podrán igualmente, con carácter excepcional, cuando circulen por autopista o autovía en servicio urgente y no comprometan la seguridad de ningún usuario, dar media vuelta o marcha atrás, circular en sentido contrario al correspondiente a la calzada, siempre que lo hagan por el arcén, o penetrar en la mediana o en los pasos transversales de la misma. Los agentes de la Autoridad encargados de la vigilancia, regulación y control del tráfico podrán utilizar o situar sus vehículos en la parte de la vía que resulte necesario cuando presten auxilio a los usuarios de la misma o lo requieran las necesidades del servicio o de la circulación.
· 2. Tendrán el carácter de prioritarios los vehículos de los servicios de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento, y de asistencia sanitaria, pública o privada, que circulen en servicio urgente y cuyos conductores adviertan su presencia mediante la utilización simultánea de la señal luminosa, a que se refiere el artículo 173 de este Reglamento, y del aparato emisor de señales acústicas especiales, al que se refieren las normas reguladoras de los vehículos.
Por excepción de lo dispuesto en el párrafo anterior, los conductores de los vehículos prioritarios deberán utilizar la señal luminosa aisladamente cuando la omisión de las señales acústicas especiales no entrañe peligro alguno para los demás usuarios.
29 de febrero de 2008· 3. Las infracciones a las normas de este precepto tendrán la consideración de graves.
Por excepción de lo dispuesto en el párrafo anterior, los conductores de los vehículos prioritarios deberán utilizar la señal luminosa aisladamente cuando la omisión de las señales acústicas especiales no entrañe peligro alguno para los demás usuarios.
Pues lo que yo decía…
29 de febrero de 2008“cuando la omisión de las señales acústicas especiales no entrañe peligro alguno para los demás usuarios.”
Cuando no entraña peligro alguno para los demas usuarios?
29 de febrero de 2008(mierda, cerré mal las cursivas)
No entraña riesgo para los demás usuarios cuando no hay demás usuarios o no tienen que estar en movimiento. ¿O te imaginas un control de policía con las sirenas dadas?
3 de marzo de 2008Las señales del agente prevalecen sobre todas las demas (incluidos semaforos y líneas de la calzada) Si lo han hecho, lo que sea por algo será, algún día para salvar tu culo posiblemente. Saludos cordiales
20 de marzo de 2008Pues a mi hace 20 minutos me acaba de adelantar un coche de la local en un carril de aceleración al incorporarme a la autovía… eso sí, con la luces puestas. Lo siento pero creo que por muchas luces que pongan me han puesto en peligro a mi y al resto de coches que ivan por la autovía.
Además los ” mamone…” podian haberse pasado directamente al carril de la derecha ( a las ocho de la mañana no hay mucho tráfico) y no haberme obligado a dar un volantazo para el arcén… en fin esto sólo pasa en Estepona jajajaja
Un saludo
12 de agosto de 2008ya sabemos que denunciar a la policia por la gorra es una chorrada… pero al menos ya se una manera de meterles mano en los casos en los que se le sube la chapa a la cabeza y te vacilan, si sabeis mas “trucos” como estos lo agradecería xDD
4 de diciembre de 2008Xaoo
y si te joden mucho un paquete bomba a su comisaria y punto, pa chulo chulo mi pirulo.
19 de febrero de 2009A mi me lo acaba de hacer la policia muñicipal. Le s he visto detras mio y yo para tocar los cojones me he puesto a 40 Km/h, velocidad más que legal en poblado. En esto que ponen las sirenas y las luces y se ponen a adelantar a toda hostia llegando a una glorieta, un poco más adelante apagan las luces y como si nada. Hay que joderse, menudos niñatos recien llegados al cuerpo. Me estan tocando los huevos mucho ultimamente.
30 de agosto de 2009Querria hacer una preguntilla, el otro dia me multaron porque hice una pirulilla. Era de noche y iban sin las luces azules de patrulla encendidas, eran los locales del pueblo que acostumbran a ir sin esas luces encendidas, alguien sabe decirme si eso es legal?
9 de diciembre de 2009Cuanta gente aburrida…Cuando se generaliza y se mantienen los prejuicios es cuando vienen los problemas…
1 de agosto de 2010El caso es que yo trabajo en una itv y van tirando de placa rogando que se la pasemos, es lo mas triste que he visto, a lo que ha llegao esta gente….
4 de agosto de 2010A mi en cambio varios trabajadores de la itv de mi poblacion, me han pedido en varias ocasiones que les quite alguna multa. :) jajajaja eso si que es triste
7 de septiembre de 2010Lo de la gorra tiene muchisima gracia eso de que es obligatoria, yo que vosotros no diria nada por que por tal hecho no se puede denunciar nada, si le dices a un policia que lo vas a denunciar por no llevar la gorra, lo minimo que te puede pasar es que se parta de risa delante de tu cara por decir tal incongruencia, asi que no agais mucho caso al autor de este comentario.
9 de enero de 2011Si bien, si que es cierto que la policia debe respetar las normas de circulacion exactamente igual que los demas usuarios de la via, pero teneis que pensar que a lo mejor van a un servicio en el que no deben llamar la atencion por no alertar a los delincuentes o por preservar la intergridad fisica de alguna victima.
Lo de cara de matones yo cada vez que me miro al espejo no me veo tal cara maton, señores no dejamos de ser personal al igual que ustedes.
¿alguien sabe si la policía puede ir en dirección contraria con la moto para parar a un ciclista? (he estado presente en esa “escena” y me lo he preguntado)…
Palabras exactas del policía: “volveré y te pondré todas las multas que pueda”.
17 de enero de 2012